La autorización del porte y tenencia de armas de fuego para los civiles en uso de defensa personal, fue anunciado por el Presidente, Guillermo Lasso en el Decreto Ejecutivo 707 del 01 de abril de 2023, sin embargo, hasta la fecha nadie ha obtenido el permiso.

Según, explican las Fuerzas Armadas del Ecuador, los ciudadanos no han solicitado los permisos, porque no han obtenido el certificado psicológico del Ministerio de Salud Pública (MSP), un requisito fundamental para el trámite, además, no existen personas en proceso de capacitación para aprender a usar un arma de fuego.

“El Ministerio de Salud aún no ha designado a los profesionales que realizarán los exámenes psicológicos y psiquiátricos”, dice la institución.

Las personas naturales deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Cumplir al menos 25 años de edad.
  • Certificado de la prueba psicológica emitido por el Ministerio de Salud Pública.
  • Certificado de destreza en el manejo y uso del arma emitido por el Ministerio de Defensa Nacional.
  • No haber sido sentenciado con sentencia ejecutoriada condenatoria por la comisión de un delito.
  • No registrar antecedentes de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.
  • Certificado de superar el examen toxicológico, que determine que la persona no ingiere sustancias sujetas a fiscalización o no es alcohólica, emitido por Ministerio de Salud Pública.
  • Los demás que establezcan el Ministerio de Defensa Nacional y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas para el efecto.

Los permisos para porte de armas de fuego letales y no letales para personas naturales tendrán una vigencia de dos años. Mientras que los permisos para tenencia de armas por parte de personas naturales y empresas, para vigilancia fija y móvil, tendrán una vigencia de cinco años. (I)

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